Recetas
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En el recetario particular de cada profesional o de la institución donde fue asistido, encabezado por su nombre y número de afiliado se puede incorporar la medicación indicada por el profesional, hasta un máximo de tres remedios por receta. Cabe aclarar que el profesional debe priorizar, en la realización de la prescripción, el medicamento genérico sin nombre comercial, para darle a Ud. la posibilidad de elegir la marca registrada más conveniente. La cobertura en medicamentos es de un 40 % del precio de Venta al Público a cargo de la Obra Social en todos los casos. Con excepción del Plan Materno Infantil y Patologías Especiales (Insulina para Diabéticos, Oncológicos, HIV, etc.) en que la cobertura es de un 100% a cargo de la Obra Social.
Para patologías crónicas debidamente acreditadas Ud. deberá completar un formulario que podrá solicitarlo o descargarlo de la pagina web, el cual tendrá que entregar a su médico de cabecera para que éste lo complete agregando la medicación que debido a su enfermedad, utilice de manera constante y crónica. Dicha medicación (previa autorización por auditoría médica) tendrá un descuento de un 70 % del Precio de Referencia, es decir no es un 70 % del precio de venta.